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08-05-2018
¿Qué es un contrato colectivo?

Art. 344. Si producto de la negociación directa de las partes, se produjere acuerdo, sus estipulaciones constituirán el contrato colectivo. Contrato colectivo es el celebrado por uno o más trabajadores con una  o más organizaciones sindicales o con los trabajadores que se  una para negociar colectivamente, con el objeto de establecer condiciones comunes de trabajo y de remuneraciones por un tiempo determinado.

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